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| Santiago de Cali, 15 de septiembre de 2011 |
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| SUPERSOLIDARIA DEFINE NUEVA FRECUENCIA DE REPORTE DE INFORMACIÓN FINANCIERA |
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La Superintendencia de la Economía Solidaria expidió la Circular Externa 005 del 7 de septiembre de 2011, mediante la cual modificó algunos apartes de los Capítulos XII y XIV de la Circular Básica Contable y Financiera 004 de 2008, que refieren a la presentación de la información y a los controles de ley. A partir del corte al 30 de septiembre de 2011, entra a regir una nueva frecuencia y fechas de vencimiento para el reporte contable y financiero de las organizaciones sometidas a la supervisión de dicho ente de control. |
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NUEVA FRECUENCIA
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Las entidades de primer nivel de supervisión deberán reportar mensualmente, iniciando con la información correspondiente al corte del 30 de septiembre de 2011.
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Las de segundo nivel trimestralmente, iniciando con la información correspondiente al corte de diciembre de 2011
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Las de tercer nivel cada seis meses, iniciando con la información correspondiente al corte de diciembre de 2011.
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Los siguientes formatos mantienen la periodicidad de reporte anual:
• Aplicación de excedentes
• Inversión en programas de educación formal
• Estadística de importaciones y exportaciones
• Información relacionada con grupos de interés
• Procesos judiciales en contra
• Erogaciones de los órganos de administración y control |
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NUEVOS PLAZOS
Las organizaciones solidarias de primer nivel de supervisión deberán presentar el Formulario Oficial de Rendición de Cuentas, de acuerdo con lo siguiente: |
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El reporte de septiembre, octubre y noviembre de 2011, corresponderá a los primeros veinte (20) días calendario siguientes al cierre de cada mes. La fecha límite del reporte del cierre de ejercicio a diciembre 31 de 2011, será el último día hábil del mes de enero de 2012.
A partir de enero de 2012, la fecha de presentación corresponderá a los primeros diez (10) días calendario siguientes al cierre de cada mes. La fecha límite del reporte del cierre de ejercicio a diciembre 31 y en adelante, será los primeros veinte (20) días calendario siguientes al cierre. |
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| Las organizaciones solidarias de segundo de supervisión deberán presentar el Formulario Oficial de Rendición de Cuentas con corte a marzo, junio, septiembre. Las de tercer nivel lo harán con corte a junio. En ambos casos, las fechas de reporte dependerán del último dígito del NIT, así: |
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| Para el caso del cierre de ejercicio a diciembre 31, la fecha límite del reporte será de la siguiente manera: |
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Formato 29 Riesgo de Liquidez |
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| Las cooperativas de ahorro y crédito y las multiactivas o integrales con sección de ahorro y crédito, deberán reportar mensualmente este formato a través del Sigcoop así: |
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El reporte de septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2011, se deberá efectuar los primeros veinte (20) días calendario siguiente al cierre de cada mes.
A partir de 2012, el reporte deberá efectuarse los primeros diez (10) días calendario, siguientes al cierre de cada mes. |
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| Para los fondos de empleados y las asociaciones mutualistas, el Formato 29 se deberá reportar a través del Sigcoop con la periodicidad señalada en el Formulario Oficial de Rendición de Cuentas. |
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Formato 27 Riesgo de Liquidez |
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| Las cooperativas de ahorro y crédito y las multiactivas o integrales con sección de ahorro y crédito deberán reportar el Formato 27 y su composición, debidamente validado y auditado por parte del revisor fiscal, con la siguiente periodicidad: |
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El reporte de septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2011, se deberá efectuar los primeros veinte (20) días calendario siguientes al cierre de cada mes.
A partir de 2012, el reporte deberá efectuarse los primeros diez (10) días calendario, siguientes al cierre de cada mes. |
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| Circular 005 de 2011 |
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