CIRCULAR CONJUNTA 001
MINPROTECCION SOCIAL Y SUPERSOLIDARIA
ACLARAN AL PÚBLICO EN GENERAL, COMPETENCIAS FRENTE AL TRABAJO ASOCIADO COOPERATIVO
 
 
Gobierno Nacional reconoce la conveniencia y utilidad de las precooperativas y cooperativas de trabajo asociado, en los esfuerzos realizados para generar trabajo, así como la urgente necesidad de incrementar la cobertura de inspección, vigilancia y control sobre las mismas
 

Mediante Circular Conjunta 001 expedida el pasado 4 de noviembre, el Ministerio de la Protección social y la Superintendencia de la Economía Solidaria, precisan al público en general las competencias de cada entidad en el ejercicio de las funciones de inspección, vigilancia y control sobre las precooperativas y cooperativas de trabajo asociado.

Estas aclaraciones buscan orientar a los trabajadores asociados y al público en general para que sepan a qué entidad acudir en caso de consultas o quejas contra una pre o cooperativa de trabajo asociado.

La Circular 001 suscrita conjuntamente por estas entidades, define además labores de apoyo entre ambas para poner en conocimiento de la competente, alguna irregularidad detectada en ejercicio de sus funciones. Esto con el fin de iniciar las acciones e investigaciones pertinentes.

EL MINISTERIO 

Está facultado para realizar inspección, vigilancia y control sobre la regulación y las condiciones definidas en los regímenes de trabajo asociado y compensaciones, autorizados a cada cooperativa.

En este sentido el Ministerio de la Protección Social, es la entidad competente para investigar a las organizaciones que incurran en las conductas prohibidas. A tal efecto podrá imponer sanciones a los usuarios o terceros beneficiarios contratantes de cooperativas y precooperativas de trabajo asociado, cuando se configure intermediación laboral o la utilización de la organización como entidad de afiliación colectiva al Sistema de Seguridad Social.

Además, tiene a su cargo la atención de temas y el trámite de peticiones, quejas y reclamos por incumplimiento de la regulación y las condiciones definidas en las normas del Sistema de Seguridad Social Integral, en el pago de las contribuciones especiales -Sena, ICBF y Cajas de Compensación Familiar, en el pago de las compensaciones al trabajador asociado, jornadas de trabajo, horarios, turnos, días de descanso, permisos y licencias, protección del trabajo de menores, protección a la maternidad.  

El Ministerio también es el encargado de conocer asuntos relacionados con descuentos no permitidos, tales como aportes a la seguridad social, contribuciones especiales, ICA, retención en la fuente, cuota de administración, entre otros.

LA SUPERINTENDENCIA DE LA ECONOMÍA SOLIDARIA

Tiene la responsabilidad de velar por el cumplimiento de la naturaleza jurídica de las organizaciones de trabajo asociado y sus disposiciones estatutarias (Desarrollo de asambleas, posesión de directivos, desvinculación de asociados, incumplimiento del acuerdo cooperativo, entre otros). Igualmente está a su cargo el velar por la protección de los asociados vinculados a ellas, de los terceros y de la comunidad en general, la correcta aplicación de los recursos, la debida utilización de las ventajas normativas a que tienen derecho y el cumplimiento del propósito socioeconómico no lucrativo. La SES está facultada para imponer sanciones institucionales y/o personales a las empresas que no cumplan con las normas legales vigentes, multas que pueden llegar hasta la suma de 200 smmlv y sanciones que pueden ir hasta la cancelación de la personalidad jurídica.

VISITAS DE INSPECCIÓN 

El Ministerio de la Protección Social y la Superintendencia de la Economía Solidaria, programarán en el último trimestre de cada año, las visitas de inspección que realizarán en el año siguiente, a las pre y cooperativas de trabajo asociado y para verificar el cumplimiento de las dispociones legales.

Consultar a continuación texto completo de la norma

 
 
 
FORO DE CULTURA CIUDADANA
21 Megaobras para Cali
El Sector de la Economía Solidaria- Pensando en temas de ciudad 
 
Con la participación del Doctor Jorge Ivan Ospina y algunos Miembros de su Gabinete