Dispone el Decreto que con el objeto de avanzar en el proceso de convergencia hacia los estándares internacionales de aceptación mundial en materia de información financiera de que trata la Ley 1314 de 2009, es necesario conocer los impactos que conlleva este cambio fundamental en los procesos contables y de divulgación de información empresarial en Colombia.
Por lo anterior, se establece un ejercicio de aplicación voluntaria de las Normas Internacionales de Información Financiera - NIIF, los cuales serán analizados por las diferentes autoridades únicamente con el propósito de medir si tales estándares internacionales resultan eficaces o apropiados para los entes en Colombia y de determinar las medidas regulatorias que deberán adoptarse, de tal manera que al terminar este ejercicio las obligaciones que se establezcan resulten razonables y acordes a la realidad económica del país.
En la etapa de prueba del proceso de aplicación de las Normas Internacionales de Información Financiera - NIIF, las entidades y/o entes económicos que voluntariamente se acojan a él, conocerán los beneficios, cargas e impactos que conlleva esta decisión, con el concurso de las autoridades, sin que durante este período y para los fines exclusivos de este ejercicio sean objeto de sanción. La información que se presente tendrá carácter informativo y solo será utilizada con el fin de conocer los impactos derivados de su aplicación.
Precisa la norma: Durante la etapa de prueba, los estados financieros de propósito general y demás información destinada al público en general u otros usuarios externos deberán prepararse y presentarse bajo las normas colombianas, mientras que únicamente los estados financieros de propósito especial deberán prepararse y presentarse bajo las NIIF.
Esta participación voluntaria no exime a las entidades de su responsabilidad respecto de la calidad, la suficiencia y la oportunidad de la información que deben suministrar para dar cumplimiento a los deberes legales, reglamentarios y contractuales a los que están sujetas, de acuerdo con la normativa vigente.
Explica el Decreto: Luego de la etapa de prueba, las autoridades analizarán si los estándares son eficaces y apropiados y adoptarán las medidas regulatorias respectivas, “de tal manera que, al terminar este ejercicio, las obligaciones que se establezcan resulten razonables y acordes a la realidad económica del país” |